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Modelo 190: qué es y cómo se presenta

El modelo 190 es el resumen anual de las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF sobre rendimientos del trabajo y de actividades profesionales. Detalla, perceptor por perceptor, lo satisfecho y lo retenido durante el año, y la suma debe coincidir con lo declarado en los modelos 111 de los cuatro trimestres. Es además la fuente de los datos fiscales que Hacienda facilita después a cada trabajador para su declaración de la renta.

I

Quién lo presenta

A quién obliga

Quienes hayan presentado modelos 111 durante el ejercicio.

II

Plazos

Cuándo se presenta

Del 1 al 31 de enero del año siguiente.

Comprueba el calendario cada año

Los plazos generales son estables, pero los fines de semana, los festivos y los cambios normativos los desplazan. Antes de cada presentación conviene mirar el calendario del contribuyente del ejercicio en curso.

Domiciliar el pago acorta el plazo

Si eliges domiciliación bancaria, la presentación termina varios días antes del último día del periodo. Es el despiste que más recargos genera.

III

Errores habituales

Dónde se pierde dinero

Lo que más vemos en las revisiones que hacemos a empresas que vienen de otra gestoría.

Claves y subclaves mal asignadas

Cada tipo de rendimiento tiene su clave. Una clave equivocada distorsiona los datos fiscales del trabajador.

Descuadre con los 111

La suma del año tiene que cuadrar. Si no, el requerimiento es prácticamente automático.

Perceptores incompletos

Falta el profesional que facturó una vez, o el trabajador que estuvo dos semanas.

Dietas y gastos de locomoción

Tienen su propio tratamiento y su propio apartado. Declararlos como salario perjudica al trabajador en su renta.

IV

Preguntas y respuestas

Dudas sobre el modelo 190

Puede corregirse con una declaración complementaria o sustitutiva. Conviene hacerlo antes de que los trabajadores presenten su renta con datos incorrectos.

Sí, siempre que haya habido retenciones que declarar durante el ejercicio.

Se incluye igualmente como perceptor, con retención cero. Lo que se declara es lo satisfecho, no solo lo retenido.

Sí, como cualquier declaración informativa, y la cuantía depende del número de datos omitidos o incorrectos.

Nosotros lo presentamos por ti, dentro de la cuota.

Y si te llega un requerimiento, lo contestamos nosotros sin facturarte aparte.

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Cuéntanos tu situación y te diremos con franqueza si podemos aportar valor. Si entendemos que tu asesor actual está haciendo bien el trabajo, también te lo diremos.

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