El modelo 036 es la declaración censal de alta, modificación y baja en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores. Con él una empresa o un autónomo comunica a la Agencia Tributaria que inicia una actividad, qué actividad es, dónde la desarrolla y a qué obligaciones fiscales queda sujeto. El modelo 037 era la versión simplificada para autónomos, y las altas se tramitan hoy mayoritariamente a través del 036.
Quién lo presenta
Sociedades, autónomos, comunidades de bienes y cualquier persona o entidad que inicie una actividad económica, cambie sus datos censales o cese en la actividad. También se usa para darse de alta en regímenes concretos como el de devolución mensual, el criterio de caja o la ventanilla única.
Plazos
Antes del inicio de la actividad, en el caso del alta. En el plazo de un mes desde que se produce el cambio, en las modificaciones. Y en el mes siguiente al cese, en las bajas.
Los plazos generales son estables, pero los fines de semana, los festivos y los cambios normativos los desplazan. Antes de cada presentación conviene mirar el calendario del contribuyente del ejercicio en curso.
Si eliges domiciliación bancaria, la presentación termina varios días antes del último día del periodo. Es el despiste que más recargos genera.
Errores habituales
Lo que más vemos en las revisiones que hacemos a empresas que vienen de otra gestoría.
Si pones una fecha anterior a la real, Hacienda te exigirá declaraciones de trimestres en los que todavía no facturabas.
El epígrafe determina obligaciones y, en algunos casos, el tipo de IVA. Elegir el cómodo en vez del correcto sale caro en una comprobación.
Cambiar de domicilio fiscal, añadir una actividad o empezar a tener trabajadores obliga a presentar un 036 de modificación. No hacerlo es una infracción propia.
Si vas a facturar a empresas de la Unión Europea sin IVA, necesitas estar en el Registro de Operadores Intracomunitarios antes de la primera operación.
Preguntas y respuestas
El 037 era la versión simplificada del 036, pensada para autónomos con una situación sencilla. El 036 es el modelo general y es el que cubre todos los supuestos, incluidos los regímenes especiales.
La presentación en sí no tiene coste: es un trámite gratuito ante la Agencia Tributaria. Lo que se paga, en su caso, son los honorarios de quien lo prepare.
La presentación fuera de plazo de declaraciones censales se tipifica como infracción tributaria. La cuantía depende del supuesto y de si hay o no requerimiento previo de la Administración.
Sí, y es relativamente habitual en actividades estacionales. Cada alta y cada baja exige su propio 036, y conviene valorar antes el efecto sobre la cuota de autónomos.
Y si te llega un requerimiento, lo contestamos nosotros sin facturarte aparte.
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